Electorales de la Ciudadanía

En sesión pública que fue transmitida por la red social de YouTube, el Tribunal

Electoral del Estado de Puebla resolvió el asunto que a continuación se describe:

TEEP-JDC-047/2024

Promovido por un ciudadano perteneciente a una comunidad indígena, en su

carácter de aspirante a diputado local por el distrito 26 en Ajalpan, Puebla, en

contra de la omisión de la Comisión Nacional de Elecciones de MORENA y su

dirigencia estatal en Puebla, respectivamente, de atender a sus solicitudes de 4 y

14 de marzo relacionadas con la candidatura designada para el distrito al que

pertenece.

En el caso, de las constancias que obran en el expediente, se advirtió que el

propio órgano nacional de MORENA, en su informe con justificación, reconoció de

manera expresa la omisión de dar respuesta a la petición de 4 de marzo.

Por otra parte, respecto a la solicitud de 14 de marzo, de autos del expediente se

desprende un escrito de la parte actora de misma fecha el cual no contiene un

acuse de recepción, también se requirió al Comité estatal de MORENA para que

informara si existía alguna contestación a dicho escrito, sin que al efecto emitiría

pronunciamiento alguno.

De ahí que, bajo un análisis con perspectiva intercultural y con la finalidad de no

imponer mayores cargas al promovente, es que se consideró que le asistía la

razón.

En consecuencia, respecto del Juicio de la Ciudadanía 47/2024, se resolvió:

Se declaró FUNDADO el agravio estudiado en términos de lo establecido en

el considerando SÉPTIMO rector de la sentencia, y en consecuencia se

ordenó a la autoridad responsable dar cumplimiento a los efectos ordenados

en el mismo.

Este documento es únicamente con fines de divulgación.

Las anteriores resoluciones pueden ser consultadas de manera íntegra en la página del

tribunal: https://teep.org.mx/comunicados

La Sesión Pública por videoconferencia en #YouTube: