-En Comisión de Trabajo, Competitividad y Previsión Social se aprobaron reformas a diversas disposiciones de la Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado
Con la finalidad de establecer un equilibrio para conservar los derechos de los trabajadores al servicio del Estado y, a su vez, el buen ejercicio del servicio público a través de unas finanzas sanas, la Comisión de Trabajo, Competitividad y Previsión Social de la LXI Legislatura aprobó reformas a diversas disposiciones de la Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado.
Con las modificaciones, se establece un límite en el cálculo de los sueldos caídos, en armonía con lo dispuesto en la Ley Federal del Trabajo, a fin de que, si en el juicio correspondiente no se comprueba por el patrón la causa de la rescisión, el trabajador tendrá derecho, además, cualquiera que hubiese sido la acción intentada, a que se le paguen los salarios vencidos computados desde la fecha del despido hasta por un periodo máximo de doce meses.
Al respecto, el presidente de la Comisión de Trabajo, Competitividad y Previsión Social, Rafael Micalco Méndez señaló que, ante la reforma a la Ley Federal del Trabajo, el reto es que los juicios laborales se resuelvan en primera instancia y en el menor tiempo posible, pues ya se tienen herramientas como la conciliación para generar espacios y tratar de llegar a un acuerdo, el objetivo es que estos procesos duren menos de doce meses y afectar lo menos posible a las y los trabajadores.
El dictamen se elaboró con las iniciativas presentadas por el titular del Ejecutivo y por el diputado Gerardo Hernández Rojas, quien agradeció la inclusión de su propuesta y resaltó que con las reformas se dará certeza a las y los trabajadores.