de los Derechos Político-Electorales de la Ciudadanía.
En sesión pública que fue transmitida por la red social de YouTube, el Tribunal
Electoral del Estado de Puebla resolvió los asuntos que a continuación se
describen:
TEEP-JDC-062/2024; TEEP-JDC-068/2024; TEEP-JDC-081/2024; TEEP-AE-
013/2023; TEEP-AE-014/2024; TEEP-AE-020/2024; TEEP-JDC-072/2024; TEEP-
JDC-079/2024; TEEP-AE-021/2024; TEEP-JDC-039/2024; TEEP-JDC-057/2024;
TEEP-JDC-058/2024 y TEEP-JDC-097/2024.
TEEP-JDC-062/2024
Interpuesto por un ciudadano en contra de la aprobación del acuerdo CG/AC-
0033/2024 por parte del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de
Puebla, y por otra parte contra el Comité Ejecutivo Estatal del Partido del Trabajo
en Puebla, al considerar que este fue omiso en dar respuesta a diversas
solicitudes.
En el proyecto se propuso declarar infundado el agravio en el que al actor señala
que el Comité Ejecutivo Estatal, vulneró sus derechos político-electorales, al ser
omiso en dar respuesta a diversos escritos, mediante los cuales solicitaba la
metodología y procedimiento para la designación de candidato a la Presidencia de
Atlixco, Puebla.
Respecto del Juicio de la ciudadanía TEEP-JDC-062/2024 se resolvió:
Se declararon INFUNDADOS los agravios, en términos de lo argumentado en
el apartado 6 de esta sentencia y se CONFIRMÓ el acuerdo impugnado en lo
que fue motivo de impugnación.