de los Derechos Político-Electorales de la Ciudadanía.

En sesión pública que fue transmitida por la red social de YouTube, el Tribunal

Electoral del Estado de Puebla resolvió los asuntos que a continuación se

describen:

TEEP-JDC-062/2024; TEEP-JDC-068/2024; TEEP-JDC-081/2024; TEEP-AE-

013/2023; TEEP-AE-014/2024; TEEP-AE-020/2024; TEEP-JDC-072/2024; TEEP-

JDC-079/2024; TEEP-AE-021/2024; TEEP-JDC-039/2024; TEEP-JDC-057/2024;

TEEP-JDC-058/2024 y TEEP-JDC-097/2024.

TEEP-JDC-062/2024

Interpuesto por un ciudadano en contra de la aprobación del acuerdo CG/AC-

0033/2024 por parte del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de

Puebla, y por otra parte contra el Comité Ejecutivo Estatal del Partido del Trabajo

en Puebla, al considerar que este fue omiso en dar respuesta a diversas

solicitudes.

En el proyecto se propuso declarar infundado el agravio en el que al actor señala

que el Comité Ejecutivo Estatal, vulneró sus derechos político-electorales, al ser

omiso en dar respuesta a diversos escritos, mediante los cuales solicitaba la

metodología y procedimiento para la designación de candidato a la Presidencia de

Atlixco, Puebla.

Respecto del Juicio de la ciudadanía TEEP-JDC-062/2024 se resolvió:

Se declararon INFUNDADOS los agravios, en términos de lo argumentado en

el apartado 6 de esta sentencia y se CONFIRMÓ el acuerdo impugnado en lo

que fue motivo de impugnación.

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